Las AMPAS ‘escapan’ a la obligación de declarar el Impuesto de Sociedades

  • AMPAQuedan exentas si no ingresan 50.000 E anuales o más de 2.000 con loterías y otras ventas

  • Otras asociaciones ‘sin ánimo de lucro’, como escuelas de fútbol, rendirán cuentas a Hacienda

Muchas leyes y decretos pasan desapercibidos para los ciudadanos y colectivos sociales hasta que la esencia de la norma impregna lo cotidiano y afecta directamente a sus quehaceres. Es el caso de laLey 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto de Sociedades, publicada un día después en el BOE, que establecía la obligatoriedad de declarar dicho impuesto sobre las rentas de todas las asociaciones no declaradas como de utilidad pública. En el saco estaban, entre muchas otras, asociaciones de padres y madres de alumnos, asociaciones vecinales y culturales o escuelas deportivas. Las circulares de las correspondientes federaciones informando del cambio normativo generó un gran revuelo en estos colectivos, atascados entre la inquietud y el desconcierto, cuando no la indignación.

Las primeras quejas y reparos a la ley publicada a finales de noviembre, que establecía la obligatoriedad de declarar el Impuesto de Sociedades a partir del primer trimestre de 2016, llevó al Ministerio de Hacienda a plantearse una modificación, que se plasmó en el Real Decreto Ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad. En este documento se recoge una modificación sustancial en la obligatoriedad o no de declarar el Impuesto de Sociedades, fijando tres requisitos de obligado cumplimiento para la exención.

En primer lugar, que los ingresos anuales de la asociación no superen los 50.000 euros; en segundo lugar, que los ingresos por rentas no exentas (rendimientos de capital en bancos, venta de material escolar o deportivo y lotería, por ejemplo) no superen los 2.000 euros anuales; y, por último, que todas las rentas no exentas obtenidas estén sometidas a retención. Sólo en caso de cumplir estas tres premisas, un colectivo quedaría exento de declarar el Impuesto de Sociedades a partir del próximo año.

Fuentes del Ministerio de Hacienda remiten a las palabras del titular,Cristóbal Montoro, en el Senado: «se trata de aprovechar el Impuesto de Sociedades para el control tributario y la lucha contra el fraude; algunas sociedades deben presentar la declaración y no lo hacen». He aquí la esencia de una norma que «no busca llenarlo todo de trámites burocráticos», de ahí las exenciones parciales. «Es una cuestión de papeleo, no de pagar más o menos impuestos».

Las asociaciones de padres y madres de alumnos serían, salvo contadas excepciones, una muestra de los entes que quedarían exentos parcialmente de dicha declaración con el matiz normativo del 27 de febrero, tras el Debate sobre el Estado de la Nación. Pongamos un AMPA de un colegio de 800 alumnos que recauda por cuotas (rentas exentas, como las subvenciones administrativas) 30 euros por alumno. Esto haría un total de 24.000 euros, que quedaría muy lejos del tope de ingresos de 50.000 euros fijado por el decreto ley.

Pese a la misiva tranquilizadora, hay que contemplar otra serie de actividades económicas que se dan frecuentemente en las AMPAS y que generan dudas sobre la obligatoriedad de pasar después por Hacienda. ¿Se computan los beneficios por la venta de loterías y rifas? ¿Vender material deportivo o libros de texto comprados directamente a las editoriales para ahorrar dinero a las familias se consideran ingresos? ¿Y las actividades extraescolares que en ocasiones se cobran directamente a los padres para después pagar a otros entes u organismos, como la Fundación Deportiva Municipal?El Ministerio no responde con claridad a las dudas de los padres e insiste en que «la ley no cambia, sólo el límite para declarar el Impuesto de Sociedades, que antes era de 100.000 euros y ahora de 50.000». Y aclaran: «no confundir con tributar o las altas en la Seguridad Social; es cuestión de declarar o no».


Escuelas de fútbol

futbolEn el artículo 9 de la norma, en el apartado de exenciones, se recoge la liberación parcial de las entidades e instituciones sin ánimo de lucro, pero no se define con claridad dónde está la línea de ese lucro. Pongamos otro ejemplo: las escuelas de fútbol. En principio, estas sociedades tampoco tienen ánimo de lucro, como las AMPAS, pero entre las cuotas de sus socios, la venta de material deportivo y los patrocinios privados que puedan tener, es fácil que superen los 50.000 euros de ingresos.

Estas escuelas y clubes se encontrarían en un estadio más cercano a la declaración obligatoria del Impuesto de Sociedades. Lamentan que esta nueva herramienta de control puede hacer mella en la proyección del fútbol base, temiendo que la declaración deje al descubierto cuestiones contractuales como los modestos pagos a los monitores. Desde Hacienda insisten en lo suyo: «el límite son 50.000 euros».

Cómo prolongar la tarifa plana de 50 euros a la Seguridad Social otros 6 meses Cómo prolongar la tarifa plana de 50 euros a la Seguridad Social otros 6 meses

business_4-300x300La archiconocida Tarifa Plana de cotización a la Seguridad Social para nuevos autónomos ha sido una de las medidas estrella del Ejecutivo y cumple ahora dos años. Una iniciativa que pretendía facilitar el autoempleo a los jóvenes menores de 30 años en principio, y que poco después se extendió a los nuevos autónomos de todas las edades.

Pese a que se trata de una medida que ha permitido a un gran número de emprendedores (en especial aquellos que venían del desempleo) iniciar su propio proyecto, la Tarifa Plana no ha estado exenta de polémica y son muchos los que reclaman que no se aplique sólo a los nuevos autónomos, sino también a aquellos que llevan años trabajando por cuenta propia, y que se dilate su duración, algo que ya es posible al menos para los jóvenes emprendedores menores de 30 años.

Recordemos que, en 2015, los tramos de meses y cuantía de la prestación se distribuyen de la siguiente forma:

  • Primeros 6 meses: 80% de reducción de la cuota, con lo que con las bases y tipos de 2015 se queda en 55,78 euros.
  • Meses 7 al 12: 50% de reducción durante el segundo semestre, que se quedaría en 2015 en 134,06 euros.
  • Meses 13 al 18: 30% de reducción durante el siguiente semestre, que se quedaría con las bases y tipos de cotización de 2015 en 186,25 euros.

Y que los requisitos para poder acceder son los siguentes:

  • No ser administrador de una sociedad mercantil.
  • No haber recibido anteriormente una bonificación de la Seguridad Social como autónomo, aunque hayan pasado más de cinco años.
  • No ser autónomo colaborador (régimen especial para familiares de los autónomos).
  • No haber estado de alta como autónomo en los cinco años anteriores.
  • No emplear trabajadores por cuenta ajena

¿Cómo prolongar la Tarifa Plana?

Ahora, los jóvenes que quieran prolongar la Tarifa Plana en su primer tramo podrán hacerlo gracias a la iniciativa de la Obra Social de La Caixa, que ha destinado 5 millones de euros para ayudar a pagar la cuota de la Seguridad Social a 10.000 jóvenes autónomos y facilitará subvenciones de 75 euros mensuales durante seis meses a autónomos menores de 30 años que se hayan acogido a la tarifa plana del Ministerio de Empleo.

La ayuda que aporta La Caixa a los interesados es un máximo de 75 euros en la cuota de laSeguridad Social que se debe realizar cada mes. A esta cantidad se le aplicará la retención correspondiente que, en el caso de no indicar lo contrario, será del 19%. Para poder acceder a esta ayuda se deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Ser trabajador autónomo.
  • Esta dentro del programa Tarifa Plana del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
  • Ser menor de 30 años en el momento en que se dio de alta en el programa.
  • Estar en el séptimo mes (o posterior) al programa de Tarifa Plana.
  • Tener domiciliada la cuota de la Seguridad Social en una cuenta de CaixaBank a nombre del autónomo.
  • Estar al corriente de los pagos.

Con la nueva iniciativa, a partir del séptimo mes de cotización, los jóvenes autónomos pueden ampliar las ventajas de la tarifa con las ayudas de la Obra Social de La Caixa, 75 euros mensuales durante medio año, que permitirá completar así el primer año de cotización con la tarifa plana de 50 euros al mes.

Si los autónomos quieren formación, tendrán que cotizar por ella

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La formación bonificada es otro (de tantos) derechos laborales del que hasta ahora han sido privados los autónomos. Sin embargo, parece que la cosa puede cambiar en las próximas semanas con la la reforma del sistema de formación, en el cual se incluye la posibilidad de que los trabajadores autónomos accedan al “derecho individual a la formación”.

Pero este acceso a la formación no será completamente gratuito. El nuevo borrador de formación profesional para el empleo, elaborado por el Gobierno y entregado la pasada semana a los agentes sociales, sugiere que el colectivo de trabajadores autónomos cotice por formación, “al objeto de garantizar la universalidad y el sostenimiento del sistema”.

De esta manera, la medida pretende dar respuesta a una vieja reivindicación de las distintas organizaciones de autónomos, que en su momento propusieron establecer una cotización parecida a la que soportan los trabajadores asalariados, que se sitúa en el 0,1%.

De hecho, hace ya un par de años que en este mismo blog hicimos un llamamiento reclamando una nueva ley de formación bonificada para los autónomos, en el que, de hecho, hacíamos varias propuesta, entre las que destacan:

  1. Incrementar la cuota de autónomos en uno o dos euros al mes en concepto de cotización para formación. Supone subir los tipos de cotización entre el 0,1% y el  0,2%.
  2. Abrir la gestión de la formación bonificada para autónomos a la empresa privada(actualmente sólo está al alcance de las asociaciones) en régimen de concurrencia competitiva.
  3. Primar los cursos prácticos y de corta duración, adaptados al máximo a las necesidades y disponibilidad real de los autónomos.

La formación para autónomos en la actualidad

Recordemos que, en la actualidad, los autónomos no cotizan a la Seguridad Social por formación, por lo que están excluidos del sistema general de la formación continua de la Fundación Tripartita, los cursos bonificados a los que pueden optar todos los trabajadores asalariados.

La única formación bonificada a su alcance es la que imparten las asociaciones de autónomos en el marco de la llamada “formación de oferta”, a la que sólo pueden optar las asociaciones empresariales y los sindicatos.

Ahora, con la reforma del sistema de formación, se establece una modificación en el artículo 3 en la que establece que “el ejercicio del derecho individual a la formación y la garantía de igualdad en el acceso de los trabajadores, las empresas y los autónomos a una formación vinculada a las necesidades del mercado de trabajo”, cuando en el texto anterior no había referencia a los empleados por cuenta propia.

Calendario de la renta 2015: novedades y fechas de presentación

images (3)La campaña de la declaración de IRPF viene este año cargada de novedades, después de la aprobación de la reforma fiscal que entró en vigor en enero. Aquí se adelantan algunas fechas clave y novedades para la presentación de la declaración de la renta este año. Además, la Agencia tributaria ha puesto en marcha un simulador para el contribuyente que permite la realización de  cálculos

Calendario

– Del 7 abril al 30 de junio

Presentación por internet del borrador de renta y de las declaraciones de renta 2014 y Patrimonio 2014

– Del 11 de mayo al 30 de junio

Presentación en entidades colaboradoras, Comunidades Autónomas y oficinas de la AEAT del borrador y de la declaración anual 2014: D-100

– Hasta el 25 de junio: Si el borrador de declaración implica una cantidad a ingresar y su pago se domicilia en cuenta, la confirmación del borrador deberá realizarse hasta el 25 de junio de 2014.

– Hasta el 30 de junio: Borrador y declaración anual 2014 con resultado a devolver, renuncia a la devolución, negativo y a ingresar sin domiciliación

Novedades

– Sistema Cl@ve

Es la plataforma común del Sector Público Administrativo Estatal. Se puso en marcha para que elciudadano pueda identificarse, autentificarse y tener firma electrónica mediante el uso de claves concertadas, abierta a su utilización por parte de todas las Administraciones Públicas.

Una vez realizado el registro, se puede acceder por Internet a los servicios de la Agencia Tributaria con Cl@ve PIN.

– Las personas físicas disponen del DNI electrónico, certificado electrónico, Cl@ve PIN o número de referencia, para presentar en su caso, declaraciones informativas o autoliquidaciones.

– Se prorroga la presentación del Impuesto sobre el Patrimonio 2014, modelo 714, que se restableció con carácter temporal para los ejercicios 2011 a 2013.

– Modelo 143: “IRPF. Deducción por familia numerosa o por personas con discapacidad a cargo. Abono anticipado de la deducción”. La reforma fiscal incluyó nuevas ayudas en el IRPF para personas que tengan familias numerosas o dependientes a su cargo.

Las nuevas deducciones, conocidas como ‘impuestos negativos’, darán derecho a 1.200 euros anuales que se podrán recibir en 100 euros mensuales.

– La Agencia Tributaria advierte de los números de teléfonos fraudulentos para pedir cita previa y recuerda que el teléfono del servicio de cita previa es el 901 200 351

– Se hace efectiva la desaparición total del papel impreso rellenado a mano

Ahora las empresas también podrán reclamar por la cláusula suelo

descarga (3)La nueva sentencia del Tribunal Supremo, que obliga a los bancos a devolver el dinero cobrado de más por la cláusula suelo desde mayo del 2013, ahora también va a beneficiar a las empresas, PYMES y autónomos, según informa HelpMyCash.com

Las empresas y autónomos podrán recuperar el dinero pagado de desde mayo del 2013

La polémica cláusula suelo vuelve a estar en boca de todos: la última sentencia del TS del 22 de febrero de 2015 ha dictaminado los bancos tendrán que devolver a sus clientes lo cobrado de más a partir del 9 de mayo de 2013 por el suelo de las hipotecas. Sin embargo, las novedades no cesan: tras sorprender a todos con su última sentencia, el Tribunal Supremo ha vuelto a darnos una buena noticia, esta vez para las empresas, PYMES y autónomos, que hasta ahora habían sido excluidos. El Tribunal ha anunciado recientemente que los empresarios y autónomos que necesitaban financiación para sus empresas y que también habían pagado de más por los préstamos hipotecarios con suelo que habían firmado para adquirir locales y navesahora también podrán reclamar, abriendo las puertas a nuevos procesos judiciales y permitiéndoles solicitar el reembolso del dinero pagado de más.

¿Cómo pueden reclamar la cláusula suelo las empresas y autónomos?

La sentencia considera que se ha producido una falta de transparencia precontractual, y las empresas y autónomos que sean capaces de demostrarla podrán reclamar y solicitar que les devuelvan su dinero.

Las empresas, PYMES y autónomos que quieran denunciar la falta de transparencia precontractual y reclamar que les devuelvan el dinero pagado de más deberán intentardemostrar al menos uno de los siguientes puntos que ya han sido considerados abusivos por varios jueces:

  • Falta de información: Después de que el 9 de mayo de 2013 el TS emitiera un fallo en el que obligaba a las entidades bancarias a advertir expresamente a los clientes que firmaban una hipoteca con suelo de que no podrían beneficiarse si se producían ciertas bajadas del Euribor, todos los empresarios que no hayan sido debidamente informados podrán utilizar este fallo para reclamar y solicitar que les devuelvan su dinero a partir de esa fecha. La sentencia considera que los bancos no habían informado debidamente a sus clientes de que, a partir de determinadas bajadas del Euribor, pasarían a tener una hipoteca de tipo fijo. Así, si tu contrato hipotecario no especificaba claramente que, ante determinadas bajadas del Euríbor, tu hipoteca pasaría a ser de tipo fijo, es que ha habido falta de transparencia.
  • Falta de reciprocidad: Si solo se ha pactado una cláusula suelo pero no una cláusula techo que proteja al empresario de las subidas del Euribor, la cláusula será considerada abusiva.
  • Falta de proporcionalidad entre el suelo y el techo: Si existe una notable desproporción entre el suelo y el techo de la hipoteca, la cláusula también se considerará abusiva.

¿Cuánto dinero va a recuperar a mi empresa?

La cantidad que recuperarán los afectados dependen de varios factores, como el suelo fijado en sus hipotecas, el diferencial o el año de firma de la hipoteca. Se calcula que la mayoría de afectados podrán recuperar entre el 30% y el 60% del dinero pagado de más. Sin embargo, cuanto más antigua sea nuestra hipoteca, menos porcentaje recuperaremos, ya que sólo se devolverá el dinero pagado de más a partir de mayo del 2013. Todas las empresas y autónomos afectados por la cláusula que quieran saber cuánto dinero recuperarán, pueden calcular gratis cuánto han pagado de más y cuánto les van a devolver por la cláusula suelo con la calculadora de HelpMyCash y evaluar si les merece la pena meterse en pleitos. Después, tendrán que ser capaces de demostrar la falta de información y dirigirse al banco a reclamar. Desde que se iniciaron las primeras reclamaciones, el porcentaje de éxito hs sido altísimo. En Málaga, por ejemplo, la entidad Cajasur fue condenada a pagar 70.000 € a una empresa agrícola.

Fraude Fiscal: Autónomos y pymes en el punto de mira de Hacienda

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El 75 por ciento de los efectivos de Hacienda dedicados a la inspección solo comprueban la actividad fiscal de autónomos, pequeñas empresas, trabajadores y pensionistas“, o al menos es lo que afirma el último informe presentado por el sindicato de los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) y recogido por MundoDiario.

Un dato que pone de manifiesto el interés mostrado por la Agencia Tributaria en su lucha contra el fraude fiscal, pero que, lamentablemente, pone el punto de mira de una forma demasiado focalizada en pequeñas empresas y autónomos.

Si bien es cierto que la incidencia de la crisis y la subida de los tipos impositivos ha aumentado el porcentaje de la economía sumergida sobre nuestro PIB (casi el 25% de las transacciones comerciales de productos y servicios en nuestro país se efectúan “en negro“), no lo es menos que existe “un déficit de inspección y control en la comprobación de la fiscalidad y finanzas de las grandes empresas“.

España, país líder en el fraude fiscal

De hecho, Gestha denunciará en Bruselas que España se ha convertido en uno de los países ‘líderes’ del fraude fiscal. Según los técnicos, el mayor repunte de dinero negro se produjo precisamente durante la crisis iniciada en 2008, con un aumento de 50.000 millones en los últimos cuatro años.

Recordemos que, cada vez ,es mayor el empeño del Ejecutivo en acabar con los focos de fraude fiscal que lastran nuestra economía, a la luz de sus últimos movimientos normativos destinados a la lucha contra el fraude. El más reciente fue el recogido en “Plan anual de control y lucha contra el Fraude” y que pone en foco en el comercio electrónico.

Sin embargo, parece que las medidas no acaban de cuajar y, de hecho, Hacienda sólo consigue cobrar uno de cada seis euros descubiertos, lo que revela el “agotamiento” del modelo vigente de la Agencia Tributaria.

El Gobierno sale a la caza de contratos temporales sin causa.

descarga (2)El Consejo de Ministros ha abordado este viernes el informe sobre el anteproyecto de Ley de reforma de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, que, entre otras cuestiones, prevé extender la capacidad de controlar la causalidad de los contratos temporales, el trabajo ilegal de menores y la prevención de riesgos laborales, de los 964 inspectores de trabajo a los 836 subinspectores.

De esta forma, el Ministerio de Empleo redobla esfuerzos y espera,un salto exponencial en la transformación de contratos temporales en indefinidos.

Este anteproyecto de Ley viene a modernizar la antigua Ley Ordenadora del sistema de inspección, que data de 1997 y que, según fuentes de Empleo, debía adaptarse a la nueva realidad del mercado de trabajo, en la que han proliferado nuevas formas de irregularidad relacionadas con la contratación.

Además, la ley requería pasar de un sistema de colaboración entre las distintas administraciones a otro de compartido y de participación, en el que los criterios de inspección sean los mismos en todos los territorios y además tengan voz los agentes sociales.

En este mismo sentido, el Gobierno ya introdujo cambios legales en 2013 para que los trabajadores a tiempo parcial registraran a diario las horas realizadas en jornada y las complementarias. De esta forma, prevé que las empresas cuenten con un registro que incluya esta información, que podrá ser solicitado por un inspector de trabajo para verificar si no se trata de trabajos a tiempo completo encubiertos.Por lo pronto, en 2014 se incrementaron las inspecciones en este ámbito en un 127% respecto al año anterior, hasta las más de 14.400.

Por otro lado, en esa otra vertiente de involucrar en la lucha contra el fraude a nuevos ámbitos, la reforma introduce la posibilidad de firmar acuerdos de colaboración con las fuerzas de seguridad del Estado y otras instancias como la inspección de Sanidad, para que puedan aportar información a la Inspección de Trabajo si cuentan con evidencias de fraude a partir del desempeño ordinario de su actividad.

En esta voluntad de aumentar la participación ciudadana en la lucha contra el empleo irregular, Empleo ya abrió en 2014 el buzón del fraude, para recabar avisos de ciudadanos que alertaban de casos de fraude en el empleo. El resultado ha sido bueno, según Empleo, ya que se ha conseguido realizar 15.200 inspecciones y aflorar unos 3.000 empleos irregulares.

¿CÓMO SERÁ LA NUEVA INSPECCIÓN?

En un plano más administrativo que funcional, de acuerdo con la reforma, la Inspección de Trabajo dejará de ser una dirección general para ser un organismo autónomo con representación de las comunidades autónomas, presidido por la ministra de Empleo, Fátima Báñez.

Además, contará con un Consejo Rector, en el que estarán representadas la Administración General del Estado (AGE) y las comunidades autónomas. Este consejo tendrá entre sus funciones la aprobación de un plan integral de objetivos, que incluirá la estrategia de la inspección, el presupuesto y los recursos personales. Por otro lado, se crearán comisiones operativas con las comunidades autónomas, que aprobarán sus propios planes anuales de objetivos para integrarlos en el plan integral.

Asimismo, se prevé la creación de una oficina nacional de lucha contra el fraude, en la que también estarán representadas las comunidades autónomas, que servirá de enlace con la plataforma europea contra el trabajo no declarado. Será el ‘cerebro’ que configure mapas de fraude y se apoyará en unidades de actuación especializadas. En este organismo se integrará la unidad específica que se dedicará a la lucha contra el fraude en el ámbito de la formación profesional.

Por otro lado, Empleo quiere que los agentes sociales estén presentes en la inspección de trabajo, con lo que integrarán un Consejo General, con funciones de información, audiencia y consulta, que estará coordinado con el Consejo Rector.

EVITAR LA SINIESTRALIDAD.

El informe sobre el anteproyecto de Ley contempla, por otra parte,incrementar los recursos destinados a la inspección para la prevención de riesgos laborales y para combatir la siniestralidad laboral. Para ello, se creará dentro de la Inspección una nueva escala de subinspectores de Seguridad y Salud en el Trabajo.

En rueda de prensa tras el Consejo de Ministros, la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáez de Santamaría, ha indicado que esta reforma tendrá «coste cero», porque es en su mayor parte «organizativa».

«Se trata de ser más eficaces», ha dicho, para añadir que los que cambios que se prevén en la Inspección de Trabajo están encaminados a fortalecer la unidad del mercado laboral y a lograr una «actuación más eficaz y uniforme» en el seno de este organismo.

Tras este primer paso por el Consejo de Ministros, el informe será valorado por el Consejo Económico y Social (CES) antes de ser devuelto para su aprobación como anteproyecto de Ley a finales de marzo. La previsión del Gobierno es que su entrada en vigor se produzca en agosto o septiembre.

La Inspección de Trabajo tramitó 102.183 denuncias el pasado año, de las que unas 37.000 se referían a empleos no declarados y otras casi 32.000 a abusos en el trabajo.

Entre las nuevas tipologías de fraude que han ido ‘in crescendo’ en los últimos años y que justifican la reforma de la Inspección, se encuentran la creación de empresas ficticias o la creación de empresas en otros países que operan en España para ahorrar costes.

Todas las claves para solicitar el ‘cheque familiar’: documentación, límites y procedimientos

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Desde este lunes las familias monoparentales con, al menos, dos hijos y desempleados y jubilados que tengan a su cargo una familia numerosa o personas con discapacidad pueden solicitar las nuevas deducciones anticipadas del IRPF.

Estos beneficiarios pueden favorecerse de este ‘cheque familiar’, como ya lo hacían las familias numerosas y con personas discapacitadas, tal y como anunció el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, en el Debate del estado de la Nación.

El valor de este impuesto negativo será de 1.200 euros al año para todos los colectivos salvo para familias numerosas de categoría especial que recibirán 2.400 euros al año. Se puede percibir con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2015 a razón de 100 euros (o 200 euros) al mes.

 ¿Cómo solicito las ayudas?

Se puede tramitar de manera colectiva o individual el abono anticipado mensual de la deducción, mediante transferencia bancaria, previa solicitud a través de la presentación del formulario 143.

Por vía electrónica es posible realizar la petición presentando una dicho formulario por cada una de las deducciones a las que tenga derecho el interesado. A través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria mediante DNI electrónico, certificado digital o clave pin.

Por otra parte, se puede presentar en cualquier oficina de la Agencia Tributaria el formulario, firmado por todos los solicitantes, que se debe cumplimentar e imprimir desde la página de Internet de la misma.

 Límites

El límite para cada una de las deducciones serán las cotizaciones y cuotas totales a la Seguridad Social o mutualidades devengadas en cada período impositivo. Si se tuviera derecho a la deducción por contar con varios ascendientes o descendientes con discapacidad, el límite se aplicará de forma independiente respecto de cada uno de ellos.

En el caso de la solicitud colectiva, deberá ser suscrita por todos los solicitantes que pudieran tener derecho a la deducción. También, quien figure como primer solicitante deberá cumplir los requisitos para el abono de la deducción en el momento en que se presente la solicitud y será quien reciba la transferencia bancaria mensual. Si los beneficiarios optan, en cambio, por la solicitud individual, el importe de la deducción se dividirá entre los distintos solicitantes por partes iguales.

¿Qué documentación necesito para solicitarla?

Para solicitar las deducciones hace falta:

1.- El título de familia numerosa o certificado oficial del grado de discapacidad en el caso de ser una familia numerosa y/o personas discapacitadas.

2.- El Número de Identificación Fiscal (NIF) de todos los solicitantes, así como de los descendientes y ascendientes con discapacidad.

3.- El alta en la Seguridad Social o mutualidad y contar con los periodos mínimos de cotización (en las solicitudes colectivas basta con que el requisito lo cumpla quien figure como primer solicitante).

 Recuerda

Recuerda que las deducciones anticipadas se percibirán siempre a mes vencido, por lo que todos aquellos que las solicitaron en enero empezaron a cobrarlas en febrero y así sucesivamente. Los que las pidieron en febrero, de forma presencial o telemática, percibirán en marzo lo correspondiente a enero y febrero.

ASÍ QUEDA LA TARIFA PLANA PARA AUTÓNOMOS

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Los nuevos autónomos pueden beneficiarse sin ningún problema de la tarifa de 50 euros de cotización a la Seguridad Social durante los seis primeros meses. La única condición es que durante los últimos cinco año no «hayan estado de alta en el régimen especial de trabajadores por cuenta propia», tal y como apunta laasesora para empresas Ana Yáñez.

La duración de la bonificación varía en función de la edad del trabajador autónomos. En el caso de los menores de 30 años, durará 30 meses y la reducción se hará de la siguiente manera:

  • Reducción del 80% durante los seis primeros meses.
  • Reducción del 50% durante los siguientes seis meses.
  • Reducción del 30% durante los 18 siguientes meses.

En el caso de que los futuros autónomos tengan más de 30 años, la bonificación durará 18 meses y la reducción se hará de esta manera:

  • Reducción del 80% durante los seis primeros meses.
  • Reducción del 50% durante los siguientes seis meses.
  • Reducción del 30% del mes 12 al 18.

Todos los trabajadores que deseen hacerse autónomos en estos momentos verán como se ahorrarán una buena cantidad de dinero respecto a los trabajadores por cuenta propia que llevan un tiempo cotizando. La cuota mensual de los autónomos es de 264,44 euros (actualizado a 1 de enero de 2015), pero si aplicamos las bonificaciones, como explica Ana Báñez, el ahorro quedaría así:

  • Con la reducción del 80%, el ahorro sería de 211,2 euros al mes.
  • Con la reducción del 50%, el ahorro sería de 132,22 euros al mes.
  • Con la reducción del 30%, el ahorro sería de 79,33 euros al mes.

De esta manera, el ahorro para un autónomo con menos de 30 años sería de más de 3.450 euros durante los 30 meses que dura la bonificación, mientras que para los mayores de esta edad, sería mayor a 2.515 euros durante los 18 meses que dura la ayuda. Se privará de esta tarifa plana en los siguientes casos:

  • Cuando sea administrador de alguna sociedad.
  • Si ha estado dado de alta com autónomo durante los últimos cinco años.
  • Se trate de un autónomo colaborador, en el régimen especial para familiares de autónomos.
  • Que haya recibido alguna bonificación anterior en el régimen especial de trabajadores autónomos.

DIEZ SUBVENCIONES Y AYUDAS PARA PYMES Y AUTÓNOMOS EN 2015

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Los autónomos y empresas se encuentran de enhorabuena porque el año 2015 viene cargado de ayudas y subvenciones. Para que puedas beneficiarte de ellas sólo deberás estar atento a la siguiente lista, elaborada por Txerpa Gestoría Online:

  • Dentro del Plan Nacional e Integral del Turismo se encuentra el Programa Emprendetur, que estará en vigor hasta el 2 de febrero. Estas subvenciones están destinadas a las pymes que operen en España y se dediquen al sector delturismo.
  • También hasta el 2 de febrero será posible solicitar las ayudas del ProgramaEmprendetur I+D+i.Está pensado para autónomos y empresas nacionales que apuesten por la innovación y la promoción turística. Estas subveciones corren a cargo del Ministerio de Industria, Energía y Turismo.
  • Programa Emprendetur Internacionalización. Se habilitarán dos plazos para solicitar estas ayudas. Se destinarán a empresas creadas en España que deseen salir al exterior y cuyo índice de exportación no rebase el 40% de su facturación. El primer plazo será del 9 de enero al 9 de marzo.
  • Incentivos para la renovación de vehículos. Autónomos y pymes son los grandes beneficiarios de esta medida del Ministerio de Industria. Las subvenciones se entregarán hasta que se acaben los fondos.
  • Líneas ICOComercio Interior. Este organismo concedes préstamos a pymes del sector del comercio. El plazo es hasta el 14 de diciembre, pero hay que estar muy atento porque las ayudas se concederán hasta agotar los fondos.
  • Programa de participación en licitaciones internacionales: El encargado de tramitar y conceder estas subvenciones es el Instituto Español de Comercio Exterior (ICEX).
  • Líneas ICO de Innovación Fondo Tecnológico: La concesion corre a cargo del ICO. Estas ayudas están pensadas para las compañías españolas que hayan diseñado proyectos de innovación tecnológica. El plazo para solicitarlas se prolonga hast el 14 de diciembre.
  • ‘PIMA Transporte’, con el objetivo de renovar la flota de vehículosen aquellas compañías de transporte de viajeros y mercancias con capacidad de tracción propia. El plazo es hatas el 1 de octubre. Está pensado sobre todo para autónomos y pymes.
  • Fondo Jeremie, que concede el ICO. Los destinatarios son empresas que tengan previsto poner en marcha proyectos de investigación y desarrollo, siempre y cuando la ejecución no supere el 31 de marzo.
  • Ayudas para la rehabilitación energética de edificioshasta el 30 de octubre. Son préstamos que facilita el Ministerio de Industria, Energía y Turismo a personas jurídicas o físicas que sean propietarios de un edificio de uso residencia y que le den al mismo un uso hotelero o de vivienda.